SOLICITA TU CUENTA CORRETAJE
EMPRESA O INSTITUCIÓN - Fondos de inversión
Estatutos Sociales
(Registrados en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente y Certificados por el
Presidente y el Secretario)
Registro Mercantil Actualizado
(Certificado por el Presidente y el Secretario)
Certificación emitida por la
Oficina Virtual de la DGII que certifica que en sus archivos se encuentra registrada la empresa
con su RNC y con la actividad económica específica.
Acta que designa las personas con
capacidad para abrir cuentas de corretajeEstados Financieros Auditados en
los que se refleje la información de los últimos dos años de ejercicio fiscal
(Certificada por el Presidente y el Secretario)
Última Asamblea General Ordinaria
Anual de Accionistas (Registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente y
Certificada por el Presidente y el Secretario)
Autorización de la Superintendencia
de Valores para operar como sociedad administradora de fondos de inversión
Acta que designa las personas con
capacidad para abrir cuentas de corretaje (Registrada en la Cámara de Comercio
y Producción correspondiente y Certificada por el Presidente y el Secretario)
Dos documentos de identidad del
representante legal, accionistas y de cada firmante
Copia del Listado de accionistas y
composición accionaria
Autorización de la Superintendencia
de Valores para operar como sociedad administradora de fondos de inversión
Acta de Asamblea General Ordinaria
de Accionistas que designa el último Consejo de Administración (Registrada en
la Cámara de Comercio y Producción correspondiente y Certificada por el Presidente y el
Secretario)
Carta de Referencia Bancaria (En caso de que NO sea cliente de BPD)
Todos los documentos constitutivos deben
estar vigentes, sellados por Cámara de
Comercio y Producción correspondiente y
Certificados por el Presidente y el Secretario.
Los documentos podrán estar en original, en
copia o por algún medio electrónico. Si
provienen del extranjero pueden aceptarse
siempre que estén apostillados, es decir
legalizados a nivel internacional; y si están en
un idioma distinto al español deben estar
traducidos por un intérprete judicial.
Cuando exista dificultad para obtener la
documentación requerida para identificar el
Beneficiario Final, la institución puede proveerle
un modelo de Declaración de Beneficiario Final,
que debera ser firmado por la persona
autorizada por la entidad.
Para personas que tengan doble nacionalidad,
incluyendo la nacionalidad dominicana, se
deberan requerir los documentos de identidad
de cada nacionalidad.